La Defensoría también ayudará a las organización que superen este tope en el pedido administrativo ante el Ministerio de Salud nacional para que puedan ampliar el límite establecido y sumar más personas vinculadas a su producción.
“Esta medida es un reconocimiento a las organizaciones que desde hace años piden ser habilitadas para producir sin sufrir problemas. Tenemos el compromiso de adaptar al Estado a los nuevos paradigmas, teniendo en cuenta que esto signifique mejor calidad de vida y una defensa del uso de cannabis con fines terapéuticos como un derecho”, señaló Lorenzino.
La nueva normativa establece para las ONG que por persona representada puedan cultivar de 1 a 9 plantas florecidas; que por predio se puedan cultivar 6 metros cuadrados en interior y hasta 15 en exterior; que las organizaciones puedan registrar múltiples predios para el cultivo; y que el transporte por vehículo pueda ser de entre 1 y 6 frascos de 30ml. o hasta 40 gramos de flores secas o hasta la cantidad de plantas autorizadas por persona representada.