Los empleadores bonaerenses deberán confeccionar un Protocolo de Higiene y Salud en el lugar de trabajo

Deberán hacerlo dentro del plazo de dos días a partir de hoy, lunes 6 de abril, y tendrán que exhibirlo en lugares visibles.
El Ministerio de Trabajo bonaerense estableció mediante Resolución 135 que los empleadores deberán confeccionar, implementar y dar cumplimiento a un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo.  Deberán determinar los procedimientos y medidas adecuadas de higiene y seguridad en el ámbito laboral sobre cada tarea o actividad en particular expuesta al agente de riesgo de contagio, y fijar las condiciones, recaudos y usos de elementos de protección personal específicos que correspondan implementar en cada caso.

El Protocolo deberá contemplar, entre otras indicaciones, el distanciamiento interpersonal, el lavado de manos con agua y jabón en forma frecuente, la provisión y utilización de alcohol en gel para las manos, la ventilación del lugar y la desinfección de los objetos y herramientas de uso frecuente.
La falta de cumplimiento de esta norma dará lugar a que la conducta del empleador sea considerada como “infracción muy grave”, y a la aplicación de sanciones.
Dicho Protocolo deberá ser comunicado a las asociaciones sindicales que representan a los trabajadores que prestan tareas en el establecimiento dentro del plazo de 24 hs.
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