La intención radica en la necesidad de generar un diálogo y acciones compartidas entre el sector público y privado, con el objeto de elaborar un plan de evaluación, mejora y mantenimiento de la infraestructura vial rural.
Siendo coherentes con nuestro accionar debemos recordar que dicha creación fue propuesta por este espacio ya en el año 2008 no teniendo apoyo en dicho momento ni de las instituciones rurales ni de los diferentes concejales que integraban el Honorable Concejo Deliberante.
Ante las manifestaciones vertidas por el Intendente Electo, donde ahora dicho consorcio resultaría ser una buena herramienta para dar solución a la problemática de los caminos rurales que se sucintan todos los años, ofrezco dicho proyecto para ponerlo a consideración de todos los interesados a los efectos de que mancomunadamente el sector privado actué con el sector público para trabajar en un interés común que es el interés de toda la comunidad.-
Esperando el pronto tratamiento de los integrantes del Honorable Concejo Deliberante dada la grave situación por la que atraviesan los caminos rurales
VISTO:
La necesidad de utilización de los fondos recaudados en concepto de tasa vial en la reparación y mantenimiento de los CAMINOS RURALES, Y
CONSIDERANDO:
Que existe la necesidad de generar diálogo y acciones compartidas entre el sector público y privado, con el objeto de elaborar un programa de evaluación, mejora y mantenimiento de la infraestructura vial rural.-
Que es indispensable crear un consorcio para poder de esa manera tratarse la problemática de las diferentes zonas, representadas por productores, instituciones agropecuarias, representantes del Departamento Deliberativo y representantes del Ejecutivo.-
Que el consorcio es un ejemplo de democracia participativa de co-gestión entre el sector público y el privado, teniendo como elemento principal la confianza, permitiendo el diálogo y a través de este, lograr el consenso en los objetivos, definiendo políticas y planificando acciones que permitan lograr la mayor eficiencia y eficacia en la prestación de un servicio que beneficia a todos.-
Que es una apuesta para mejorar la gestión del servicio de conservación de caminos y zonas rurales a través de un organismo participativo.-
Que debemos consolidar la conciencia de lo importante que es el sector agropecuario para la vida de nuestra ciudad, tanto por su fuerza económica como por su valor social y político. Es necesario comenzar a trabajar en esta línea: uniendo la ciudad al campo, al sector privado con el público, haciendo de sus intereses un interés común, el interés de la comunidad.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1:
Créase en el Partido de Balcarce el Consorcio Vial Municipal, entidad que se encargara del mantenimiento, conservación y optimización de la red vial.-
ARTICULO 2:
El Consorcio Vial Municipal debe responder a las expectativas y necesidades de los productores para implementar el mejor servicio posible, debiendo:
Incorporar un profesional como Director de la Red Vial, pudiendo ser este el Secretario de Obras y Servicios Públicos;
Diagramar un plan general de trabajo y distribuir la maquinaria de acuerdo a ese plan, como así también incorporar nuevas máquinas;
Organizar la Dirección de Red Vial, acompañando al Director un ayudante técnico administrativo, dividiendo el trabajo en zonas a las cuales acompaña un equipo de movimiento de suelos y otro de obras civiles.
ARTICULO 3:
Las funciones del Consorcio serán:
La formulación y ejecución de un plan maestro para la red vial;
El planeamiento, dirección, gestión, control y aplicación de los recursos económicos,
La cooperación, coordinación y celebración de convenios con organismos provinciales y nacionales;
La elaboración de un informe anual con su correspondiente presupuesto de gastos y recursos que será remitido al Honorable Concejo Deliberante antes del 15 de Septiembre de cada año;
La publicación del estado de ejecución del presupuesto con una frecuencia no mayor de tres meses.
ARTICULO 4:
El presupuesto para el desarrollo del Consorcio estará dado por el 95% de lo que se recaude en concepto de Tasa Vial y la totalidad del Fondo de Compensatorio de Mantenimiento de Obras Viales.-
El consorcio debe organizar el seguimiento de todas las compras y el control en el uso del combustible y maquinarias y, sobre todo, el control del destino de lo recaudado por la tasa vial, es decir, que el monto recaudado retorne en inversiones para la conservación y mantenimiento de los caminos rurales.
ARTICULO 5:
El Departamento Ejecutivo debe poner a disposición del consorcio todas las maquinarias, herramientas, vehículos y personal para la ejecución de las obras.-
ARTICULO 6:
El Consorcio estará integrado por un representante del Departamento Ejecutivo; por un representante de cada bloque del Concejo Deliberante; por entidades que representan a los productores agropecuarios (Sociedad Rural, Federación Agraria y Auto-Convocados). Dicha autoridades no recibirán remuneración alguna por las tareas realizadas en el marco de esta entidad.-
ARTICULO 6:
De Forma.-