Modalidad para la fijación del costo del boleto

El Departamento Ejecutivo informa que como todos los años, una vez recibida la solicitud de aumento de las empresas prestadores del servicio urbano y rural de pasajeros, y realizado oficialmente como exige la ley provincial el análisis de costos, se gira al Honorable Concejo Deliberante.
El Deliberativo es el encargado de su tratamiento y posterior aprobación con el voto de la mayoría absoluta de sus miembros. Cumplido dicho requisito la ordenanza aprobada se traslada al Departamento Ejecutivo para su promulgación, conforme lo dispone el art. 233 de la ley Orgánica de las Municipalidades.
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