El procedimiento se inició alrededor de las 0.30, tras un aviso recibido en el Centro Operativo de Monitoreo. Una mujer informó que la expareja de su hija se encontraba en el domicilio pese a existir una prohibición judicial vigente. Al arribar al lugar, personal de la Estación de Policía Comunal de Balcarce observó un automóvil estacionado frente al inmueble y, tras identificarse con el ocupante, verificó la situación denunciada.
Posteriormente, y tras consultar con la Comisaría de la Mujer y la Familia, se confirmó que el individuo registraba una orden de restricción de acercamiento en el marco de una causa por violencia familiar tramitada ante el Juzgado de Paz Letrado local. Ante ello, se procedió a su aprehensión por el delito de desobediencia.
Mantenida la comunicación con la UFIJE de Flagrancia, el fiscal interviniente avaló el accionar policial y dispuso la formación de la causa correspondiente, además del traslado del aprehendido a sede judicial para la continuidad de las actuaciones.
Desde la Estación de Policía Comunal recordaron que las órdenes judiciales de restricción de acercamiento resultan de cumplimiento obligatorio mientras se encuentren vigentes y deben ser respetadas por ambas partes. Nadie puede acercarse, comunicarse ni generar contacto, aun cuando sea quien solicitó la medida. El incumplimiento de cualquiera de las partes implica desobedecer una orden judicial y puede derivar en sanciones penales.
