El Gobierno reinstala una restricción cambiaria: compradores de dólar oficial no podrán operar con MEP ni CCL por 90 días

El Banco Central (BCRA) restableció una medida emblemática del cepo cambiario: a partir de este viernes, las personas que compren dólares en el mercado oficial no podrán operar con dólar MEP ni contado con liquidación (CCL) durante los 90 días posteriores. La misma restricción se aplicará en sentido inverso: quienes operen con MEP o CCL quedarán inhabilitados para acceder al dólar oficial por el mismo período.

La decisión fue oficializada mediante la Comunicación “A” 8336, publicada hoy por la autoridad monetaria, y busca frenar maniobras especulativas conocidas como “rulos”, que aprovechan la diferencia de precios entre los distintos mercados para obtener ganancias sin riesgo.

La medida fue impulsada por el directorio del BCRA, encabezado por Santiago Bausili, y remite a disposiciones similares aplicadas durante etapas anteriores del cepo. Hasta ahora, la restricción regía únicamente para empresas, pero desde hoy se extiende también a las personas físicas.

“Las personas pueden seguir comprando dólares para atesoramiento. Lo que no pueden es usarlos para abastecer el mercado financiero. Esta medida busca evitar distorsiones cambiarias”, explicaron desde el BCRA.

El director del Banco Central, Federico Furiase, aclaró en redes sociales: “La medida no impide que las personas humanas compren dólares para ahorrar en el mercado libre de cambios. Pueden comprar según su situación patrimonial. Lo que se restringe es el uso de esos dólares para operar en los mercados financieros”.

Por qué vuelve la restricción

En las últimas semanas, volvió a abrirse la brecha entre el dólar oficial y las cotizaciones financieras, en medio de una renovada volatilidad en el mercado cambiario. Esa diferencia de precios incentivó operaciones de arbitraje (“rulos”) que, si bien no generan pérdidas directas al BCRA salvo cuando este vende reservas, alimentan la presión sobre los distintos tipos de cambio.

Durante algunos días recientes, el BCRA debió intervenir en el mercado oficial con ventas por más de USD 1.100 millones, hasta que llegó un anuncio de apoyo financiero del Tesoro de Estados Unidos que trajo algo de calma.

En ese contexto, la autoridad monetaria ya había aplicado restricciones similares la semana pasada, aunque limitadas a funcionarios de entidades financieras. Ahora, la norma se generaliza y alcanza a todos los operadores del mercado.

Nuevas obligaciones para bancos y casas de cambio

La comunicación oficial también impone a bancos, fintech y sociedades de Bolsa una nueva exigencia: deberán obtener de sus clientes una declaración jurada en la que estos se comprometan a no realizar operaciones con títulos con liquidación en moneda extranjera durante los 90 días posteriores a la compra de dólares oficiales.

Si bien se trata de un procedimiento que ya estuvo vigente en el pasado —y que muchos bancos implementaron mediante un simple clic en la app—, requerirá ajustes en los sistemas informáticos de las entidades.

La medida busca cerrar una ventana de arbitraje que se abría cada vez que aumentaba la brecha entre el tipo de cambio oficial y los financieros. Con la reinstauración de esta “restricción cruzada”, el Gobierno refuerza el control sobre los movimientos de divisas en un contexto de creciente incertidumbre económica.

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