Con esta medida, el ingreso total para quienes cobran la jubilación mínima ascenderá a $384.305, ya que el haber base fue establecido en $314.305,37 para el octavo mes del año, tras un aumento del 1,6% en función de la inflación de junio.
Cómo se aplicará el bono
El bono se otorgará de forma completa a quienes perciban hasta $314.305. En tanto, aquellos que cobren un importe mayor al haber mínimo pero menor a $384.305, recibirán un bono equivalente a la diferencia necesaria para alcanzar ese monto.
Por ejemplo, si un jubilado percibe $350.000, el bono será de $34.305.
En este contexto, la ayuda implica una mejora real de solo $5.000 respecto al total cobrado el mes anterior, cuando el bono también fue de $70.000, pero el haber base era levemente inferior.
Justificación de la medida
En los considerandos del decreto, el Ejecutivo fundamentó la decisión en los efectos adversos que la inflación genera sobre los haberes previsionales, especialmente desde la implementación del Índice de Movilidad Jubilatoria establecido por la Ley N° 27.609 en marzo de 2021.
“El esquema establecido por dicha ley presentó graves inconvenientes al no contemplar la variación de precios ni garantizar el poder adquisitivo de los adultos mayores”, señala el texto oficial. Además, se destacó el desfasaje entre la evolución económica y el impacto efectivo en los ingresos jubilatorios.
Desde el inicio del actual gobierno, se vienen implementando ayudas previsionales mensuales. En enero y febrero de 2024 se otorgaron bonos de $55.000, y desde marzo se elevó el monto a $70.000 mensuales, con continuidad hasta julio de este año inclusive.
El decreto remarca que “la Ley N° 27.609 generó efectos perjudiciales para todos los jubilados y pensionados, aunque particularmente para los de menores ingresos”, por lo que se consideró necesario continuar con estas ayudas extraordinarias.
Características del bono
El bono de $70.000 tendrá carácter no remunerativo, no será pasible de descuentos ni computable para otros conceptos. Además, se aclara que los beneficios deben estar vigentes en el mes de liquidación para poder recibirlo.
En el caso de pensiones con múltiples copartícipes, el beneficio será considerado como un único titular a efectos del cobro del bono.
¿Quiénes recibirán el bono?
El bono extraordinario será destinado a:
- Personas titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de ANSES.
- Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
Titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más, otras pensiones no contributivas y pensiones graciables, siempre que el pago esté a cargo de ANSES.