A propósito, en el caso del artículo 85, volvería a penalizar “con reclusión o prisión de uno a cuatro años” a quien causare el aborto en cualquier etapa de gestación y en el artículo 86 reinstalaría la “inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena” a los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que “abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo”. De acuerdo con la legislación actual, ambos artículos indican que no se incurre en delito en caso de que el aborto sea realizado dentro de las primeras catorce semanas de gestación y “con consentimiento de la persona gestante”.
También se eliminaría el artículo 85 bis, que reprime “con prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena” a quien “dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare” a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados. Además, se modificaría el artículo 88 del Código Penal: “Será reprimida con prisión de uno a tres años la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare”. Actualmente, este artículo aplica tan solo de tres meses a un año a la persona gestante que “luego de la semana catorce de gestación causare su propio aborto o consintiera que otro se lo causare”. El nuevo proyecto también plantea que “la tentativa de la mujer no es punible. El juez podrá disponer que se exceptúe de la pena a la mujer en atención a los motivos que la impulsaron a cometer el delito, su actitud posterior, y la naturaleza del hecho”.
La propuesta de La Libertad Avanza fue acompañada por los diputados Benedit Beltrán, María Fernanda Araujo, Lilia Lemoine, Manuel Quintar y el presidente del bloque, Oscar Zago. (DIB) GML