Se procedió a la identificación del conductor y se lo infraccionó, según lo establecido por la ordenanza municipal 43/16, por circular por camino de tierra sin que esté suficientemente oreado. Cabe destacar que la infracción también alcanza a la firma propietaria de la carga conforme a lo indicado en la legislación en cuestión.
Vale destacar que son periódicos los controles que se realizan desde la Patrulla Rural y teniendo en cuenta los montos elevados que se estipulan como multa por no esperar a que se aireen los caminos, es que se aconseja no transitar durante los días de lluvia o seguidamente a que se produjo este fenómeno meteorológico.