Por tal motivo se procedió a desactivar la misma e infraccionar a los propietarios por incumplimiento al DNU 297/20, Art. 205 del CP y Ordenanza Municipal 328/79.
Intervino el Juzgado Federal de turno y el Juzgado de Faltas local.
Por tal motivo se procedió a desactivar la misma e infraccionar a los propietarios por incumplimiento al DNU 297/20, Art. 205 del CP y Ordenanza Municipal 328/79.
Intervino el Juzgado Federal de turno y el Juzgado de Faltas local.