Extienden hasta el 30 de septiembre la posibilidad de no pagar las cuotas de los hipotecarios UVA y de todos los préstamos bancarios

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) extendió hasta el 30 de septiembre el período en el que los bancos no pueden cargar intereses punitorios sobre las cuotas no pagadas de créditos concedidos. Las cuotas que vencían en julio, agosto y septiembre de cualquier crédito bancario, incluyendo los actualizados por UVA, deberán agregarse al final del plazo del préstamo.
La medida, fijada por el Directorio del BCRA, estaba vigente hasta el 30 de junio en virtud de lo dispuesto el 1 de abril a través de la comunicación A6949. Hoy, se decidió prorrogarla por 3 meses más.
Asimismo, el BCRA recordó que los usuarios cuentan con el derecho de revertir los débitos directos y los débitos automáticos dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito y que los bancos tienen la obligación de devolver los fondos debitados dentro de los tres días hábiles siguientes al pedido.

De esta forma, hasta el 30 de septiembre, quien no pague la cuota de un préstamo bancario de cualquier tipo, hipotecario, prendario o personal, tanto en pesos como en UVA, no deberá pagar ningún interés ni penalización. Cada cuota que no se pague durante ese plazo, se agregará al mes siguiente del final de la vida del préstamo.
La decisión del BCRA tendrá una única excepción: la norma no se aplicará a la financiación otorgada a través de las tarjetas de crédito. En el inicio de la pandemia, quienes tenían deudas con tarjetas recibieron un aplazamiento de los vencimientos hasta el 12 de abril y, con posterioridad, un plan especial de financiamiento en 9 cuotas con 3 meses de gracia.
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