La provincia convalidó gran cantidad de rubros

En el atardecer del domingo, el intendente Esteban Reino recibió el dictamen de parte del titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la provincia de Buenos Aires, Carlos Bianco, en el contexto de las actuaciones mediante las cuales tramita la no objeción de ese Ministerio al dictado del acto administrativo que autoriza determinadas actividades industriales, de servicios o comerciales.
En tal sentido, la solicitud analizada tiene por objeto convalidar el desarrollo de las siguientes actividades y servicios:
1.- Servicios para automotores (mecánica, chapa y pintura, gomería y lubricentros).
2.- Profesiones liberales (abogados, profesionales en ciencias económicas, escribanos, ingenieros, arquitectos, maestros mayor de obra, técnicos de la construcción, técnicos electromecánicos, analista en sistemas, técnicos en computación).
3.- Profesionales de la salud: psicólogos, kinesiólogos, obstetras, nutricionistas, dietistas, fonoaudiólogos, terapistas ocupacionales, psicopedagogos, asistentes sociales, bacteriólogos y quiroprácticos.
4.- Mudanzas.
5.- Carpinterías.

6.- Venta de vehículos, automotores y rodados.
7.- Productos deportivos.
8.- Bazar.
9.- Juguetería.
10.- Regalería.
11.- Sedería.
12.- Línea blanca.
13.- Tapicerías.
14.- Mercerías.
15.- Servicios técnicos y reparaciones varias.
16.- Oficinas administrativas.
17.- Venta de libros.
18.- Mueblerías.
19.- Manicuría.
20.- Pedicuría.
21.- Salones de belleza.
22.- Herrerías.
23.- Tornerías.
24.- Metalúrgica.
Al respecto, debe tenerse presente que ha tomado intervención el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, sin objeciones respecto de la solicitud.
Por su parte, cabe señalar que para el desarrollo de las actividades y servicios listados el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires ha prestado conformidad. Por último, en el desarrollo de las actividades y servicios autorizados, debe tenerse presente lo dispuesto en la Resolución N° 135/2020 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se establece la obligación de los empleadores de confeccionar e implementar un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo, en el marco de la emergencia sanitaria producida por la propagación del COVID-19, de conformidad con las especificidades que requiera la actividad desarrollada y/o las tareas prestadas por los trabajadores en cada uno de los establecimientos del empleador o lugares de trabajo.
Actividades deportivas y gastronómicas
En tanto, las actividades deportivas y el rubro gastronómico siguen pendientes de resolución por parte del Gobierno bonaerense. Es decir que aun no podrán funcionar en nuestra ciudad.
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