Actividades autorizadas: Tareas de mantenimiento y emergencias

La Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, a través de la Dirección de Obras Privadas, comunica que en el contexto de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional, en virtud de la pandemia de COVID-19, las actividades autorizadas vinculadas con la construcción se circunscriben a tareas menores de mantenimiento y emergencias en las que se involucra la albañilería, plomería (agua, gas), electricidad y otras que se requieran para resolver situaciones de urgencia (decreto presidencial Nº 297/2020 - ART. 17).

La continuidad de obras en construcción o inicio no se encuentran contempladas en la actualidad. Es por ello que se solicita a la ciudadanía en general que se respeten dichas medidas hasta tanto sea permitido su desarrollo a través de las resoluciones que sean emanadas de la autoridad nacional a la cual debemos remitirnos.
De esta forma, se podrán evitar consecuencias a nivel personal que deriven en sanciones y multas, pero fundamentalmente estaremos resguardando la salud de la población en su conjunto.
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