PROHIBICIÓN DE CONCURSOS QUE PROPENDAN EL CONSUMO DE ALCOHOL

Desde la Coordinación de Nocturnidad de la Municipalidad de Balcarce le recordamos al comercio y a la población en general que por Ley Nacional 14050 y Ley Provincial 11825 está prohibido efectuar concursos, y/o competencias cuyo objeto, medio o fin sea el consumo de bebidas alcohólicas.
En las mismas leyes está incluido también el expendio o promoción de bebidas alcohólicas cualquiera sea su graduación, en la modalidad conocida como “canilla libre” en locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones de baile, clubes, pubs y bares. Se entiende por “canilla libre” a la entrega ilimitada ya sea en forma gratuita o mediante el pago de un precio fijo previamente concertado.

Además las consumiciones de bebidas que correspondan con la entrada de los comercios mencionados no podrán ser más de una bebida con alcohol.

Artículo Anterior Artículo Siguiente
Informese Primero - El Diario Digital de Balcarce