Este documento, además de acreditar la discapacidad de una persona, permite acceder a solicitar pases de transporte a nivel provincial y nacional y a tener una cobertura médica en casos de tratamientos para rehabilitación, entre otros beneficios.
Beneficios
La Ley Nº 19279, modificatorias y Decreto Nº 1313/93, garantiza a las personas con discapacidad el derecho de libre transito y estacionamiento con total prescindencia del automotor en el cual se traslade.
Los Decretos N° 38/2004 y N° 118/06 establecen el acceso gratuito al transporte público Nacional de corta, mediana y larga distancia en Trenes, Subtes, Colectivos y Micros.
Si posee una cobertura de salud por Obra Social o Medicina Prepaga, tiene acceso al 100% de la cobertura en medicación y tratamiento del diagnóstico que figura en su C.U.D. (Ley Nº 24.901).