Están en vigencia las ordenanzas que regulan la organización de fiestas

La Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección de Tránsito y Nocturnidad, recuerda que está totalmente prohibido realizar cortes de calles con el propósito de efectuar fiestas con motivo de la celebración de fin de año. Esta determinación tiende a evitar cualquier tipo de inconveniente y a favorecer la seguridad en la vía pública, sobre todo en lo que tiene que ver con la circulación de automóviles cuyo volumen se incrementa para esa fecha. Se quiere dejar en claro que en caso de detectarse algún corte en las calles de nuestra ciudad, producto de los operativos que se montarán durante las madrugadas del 25 de diciembre y el 1 de enero, se procederá a labrar la sanción correspondiente por infringirse la Ley 24.449, artículo 48 inciso T. Vigencia de ordenanza regulatoria de “fiestas privadas” En otro orden, la Secretaría de Gobierno recuerda a las autoridades de clubes, sociedades de fomento y empresarios que posean salones de fiestas o bailables que se encuentra en vigencia la Ordenanza 59/03
, cuerpo legal regulatorio de las llamadas “fiestas privadas”. Toda modalidad consistente en alquilar locales o salones para realizar en ellos reuniones bailables o el montaje de carpas en espacios públicos o privados para tal fin, con venta de bebidas alcohólicas (sea o no bajo la modalidad de “canilla libre”), mediante el pago de una entrada o el aporte de mercaderías se encuentra fuera de dicha normativa, siendo por ende prohibido por la legislación vigente y pasible de sanciones. Instituciones deberán solicitar autorización anticipada para la realización de fiestas Por último, la Secretaría de Gobierno también recuerda que todas las instituciones de bien público deberán gestionar con no menos de veinte (20) días de anticipación las solicitudes de autorización para la realización de todo tipo de espectáculos, fiestas recreativas y bailes, entre otros. Se trata de asociaciones cooperadoras, entidades deportivas, sociales y culturales como así también las sociedades de fomento. La medida tiene por objeto una mejor organización en virtud de las distintas dependencias municipales involucradas en la autorización. Por ello, los representantes de las instituciones deberán presentarse con la documentación correspondiente, según el tipo de actividad. Vale destacar que aquellas presentaciones que estén fuera de los plazos establecidos anteriormente no tendrán curso. Por lo tanto, se solicita iniciar los trámites en tiempo y forma para evitar inconvenientes. Por último, se comunica que se realizarán operativos de control por parte de personal de las direcciones de Comercio y Nocturnidad.
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