Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por “inadmisibles”, en aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, los recursos presentados tanto por la defensa del exfuncionario como por el Ministerio Público Fiscal. De esta manera, quedó firme la sentencia que impuso a De Vido una pena de cuatro años de prisión, inhabilitación especial perpetua, accesorias legales y costas.
El fallo original había sido dictado en 2018 por el Tribunal Oral Federal N° 4, que concluyó que el entonces ministro no cumplió con su deber de controlar el uso de los fondos públicos destinados a la concesionaria Trenes de Buenos Aires (TBA). Aunque fue absuelto del delito de estrago culposo —relacionado con las muertes y lesiones derivadas del siniestro—, se lo consideró responsable del manejo irregular de los recursos públicos.
Según los jueces Pablo Bertuzzi, Néstor Costabel y Gabriela López Iñíguez, el Ministerio de Planificación no supervisó adecuadamente el destino de los fondos pese a los informes que advertían sobre el deterioro del servicio ferroviario de la línea Sarmiento.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó aquella condena, y la defensa llevó el caso ante la Corte Suprema. En 2024, el máximo tribunal ratificó la responsabilidad penal de De Vido por defraudación, aunque ordenó revisar el monto de la pena, que finalmente fue fijada en cuatro años de prisión.
Con el rechazo a los últimos planteos de las partes, la Corte Suprema cerró definitivamente la causa y dejó firme la condena al exministro kirchnerista.
Fuente: Noticias Argentinas
