Se pone en marcha el Programa de Acompañamiento Económico para actividades afectadas por la pandemia

La Subsecretaría de Producción y Empleo informa que desde el Gobierno Provincial, a través del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica,   ha puesto en marcha el Programa de Acompañamiento de Sostenimiento Económico para actividades afectadas por la pandemia.

Es un Programa de apoyo al sostenimiento económico de micro y pequeñas unidades productivas en sectores de la actividad económica particularmente afectados por la pandemia. 

• Serán destinatarias las unidades productivas del sector privado cuyas características de facturación anual y de dotación de trabajadores, sea coincidente con el de las microempresas y pequeñas empresas, según los términos de la Ley N° 24.467. 

• Las unidades productivas recibirán, con carácter extraordinario, una prestación dineraria no reintegrable (ANR) al CBU declarado. 

• No podrán participar del Programa las unidades productivas que se encuentren recibiendo beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción, ya sea nacional, provincial o municipal. Sí pueden participar los beneficiarios de Programas tales como ATP, IFE, REPRO, dado que su naturaleza es para cubrir los salarios de los trabajadores, y no son considerados beneficios de similares características ni idéntico objeto.

Unidades productivas comprendidas en 65 actividades, entre las cuales se encuentran:

Servicio de Transporte escolar y otros • Comercio minorista de indumentaria, calzado y ventas en general • Gastronomía y bares • Salones de baile, fiestas y boliches • Guarderías y jardines maternales • Servicios especializados, como fotografía, fotocopias, ventas de entradas, peluquería, entre otros • Servicios vinculados a prácticas deportivas y explotación de instalaciones • Elaboración de cerveza

Requisitos 

• Deben ser micro o pequeñas unidades productivas • Deben estar radicadas en Provincia de Buenos Aires • Su actividad principal debe estar incluida en el listado de actividades del Programa: A los fines del Programa, se considerará como “actividad principal” del solicitante aquella actividad de mayor participación en la Base Imponible del impuesto sobre los Ingresos Brutos, para el conjunto de los años 2019 y 2020. 

• Haber iniciado actividades, en la provincia de Buenos Aires, con anterioridad al 31/03/2020 (inclusive).

• Haber presentado al 18/06/2021 todas las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos mensuales que correspondan desde el inicio de la actividad, de los años 2019 y 2020.

• Aquellas cuyos ingresos hayan caído en 2020 en comparación con 2019 o hayan aumentado hasta un 10%. O que hayan iniciado actividades en 2020 • Deben estar inscriptas en Buenos Aires ActiBA.

• No haber recibido otros beneficios dinerarios de similares características y por el mismo objeto, otorgado por cualquier otra jurisdicción nacional o provincial

El trámite es electrónico y completamente gratuito.

• Se inicia a través del Portal de Trámites de la Provincia (http://portal.gba.gob.ar), bajo el nombre “Programa de Sostenimiento Económico”.

• El solicitante ingresa mediante su CUIT y clave fiscal de AFIP nivel 3, completa sus datos y adjunta la documentación requerida según el tipo de unidad productiva • Se evaluará cada pedido de acuerdo al orden de llegada 

Para más información,  dirigirse a la Subsecretaría de Producción y Empleo, sita en calle 23 Nº 636, por teléfono al número 42-4007, o por mail a: producciónyempleobalcarce@hotmail.com.

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