La A.P.D.H. reclama nuevamente al Concejo Deliberante que dicte ordenanza sobre agroquímicos.

Mediante una Declaración Pública, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos local reclama al H.C.D. que priorice los intereses generales sobre los sectoriales y dicte una nueva ordenanza sobre agroquímicos, tal como lo hicieron otros municipios, con el fin de contribuir a resguardar el derecho a la vida y a la salud.
    La entidad recuerda que la O.M.S. calificó al glifosato como "probablemente cancerígeno para los seres humanos", y requiere una vez mas a los concejales que expresen a la Cámara de Diputados bonaerense el rechazo a la media sanción del Senado a un proyecto de ley que permitirá la aplicación de glifosato y otros pesticidas a 10 metros de las casas, y las fumigaciones aéreas a sólo 500 metros de las ciudades.
     La A.P.D.H. califica a la extensa demora del cuerpo deliberativo en dictar la norma como: "inexplicable y llamativa".
     El organismo recuerda el contundente alerta expresado por el Tercer Congreso de  médicos de pueblos fumigados.
     El texto de la Declaración Pública difundida es el siguiente: 
             " La Regional Balcarce de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos expresa a la ciudadanía su preocupación por la inexplicable y llamativa extensa demora  evidenciada por el Honorable Concejo Deliberante local en el dictado de una nueva ordenanza que regule y limite la aplicación y existencia de agroquímicos en nuestro distrito, tal como hicieron varios municipios bonaerenses.
               Recordamos que la Organización Mundial de la Salud  ha calificado al glifosato como  “Probablemente cancerígeno para los seres humanos”.
               Ante ello, aproximadamente dos meses atrás solicitáramos otra vez al HCD la adopción de diferentes medidas, tales como:
a)  Determinar una amplia zona de exclusión en la aplicación de pesticidas.
b)   Impedir fumigaciones en cercanías de escuelas rurales en días de actividad escolar y en áreas de instalación de equipos de bombeo de agua.

c)   Prohibir las fumigaciones aéreas en el distrito, tal como lo dispusieron otros municipios.
 d)  equiparar en su protección a las áreas rurales pobladas con las zonas urbanas.
 e)  disponer el adecuado financiamiento a fin de efectuar tareas de control, capacitación y contratación de profesionales.
 f)   Efectivizar el cumplimiento de la prescripción de las recetas agronómicas.
g)   Impedir las fumigaciones cuando condiciones atmosféricas lo hagan desaconsejable.
h)  Exigir la plantación de cortinas forestales en predios linderos con zonas de exclusión.
 i)  Prohibir el  tránsito y permanencia de equipos de aplicación terrestre dentro de las zonas urbanas y de áreas rurales pobladas.
  j)  Efectuar un estricto control de dichos equipos, y determinar su verificación técnica.
 k)  Confeccionar un Registro de equipos de aplicación terrestre y de sus conductores con adecuada y obligatoria capacitación a sus titulares y trabajadores.
 l)   Prohibir el lavado de equipos de aplicación terrestre en áreas urbanas y sobre cursos de agua.
 ll)  Proteger de agrotóxicos a los cursos de agua existentes dentro del Partido.
m) Disponer el traslado de locales de elaboración, formulación, fraccionamiento, manipulación, distribución, almacenamiento y/o depósito de los productos agroquímicos y/o plaguicidas a  áreas no urbanas; no así de sus oficinas.
n)  Crear  un órgano de evaluación  y monitoreo del cumplimiento de la legislación existente en la materia, con participación ciudadana.
ñ) Encomendar al Departamento Ejecutivo la formalización de acuerdos de cooperación con los órganos  provinciales encargados de la aplicación de diferentes normas ambientales vigentes.
o)  Disponer el funcionamiento de un órgano con facultades para ejercer la supervisión y cumplimiento de las normas a dictarse, con capacidad para aplicar sanciones a su incumplimiento.
p) Elaborar estadísticas sobre casos de cáncer, abortos espontáneos y malformaciones congénitas en Balcarce.
q)  Dar participación al EGIRABAL.
r)  Aplicar los principios de prevención y precaución.
     Ante la media sanción dispuesta por el Senado bonaerense a un proyecto de ley que permite la aplicación de glifosato  y otros pesticidas hasta 10 metros del límite de las ciudades y la fumigación aérea hasta 500 metros de los centros urbanos, la APDH Balcarce también solicitara al Concejo  elevar  a la Cámara de Diputados su rechazo a dicho proyecto.
      Lamentablemente, pese al tiempo transcurrido, los Sres.  Concejales aparentemente nada han resuelto sobre  ambas solicitudes.
     Ante la posibilidad de que el tema  a ellos no les ocupe ni les preocupe, recordamos que el Tercer Congreso Nacional de Médicos de Pueblos Fumigados ha declarado en octubre de 2015:    “Ya no hay dudas que la exposición masiva y creciente a pesticidas modificó el perfil de enfermedades de las poblaciones rurales argentinas y también que el cáncer es la primera causa de muerte entre ellos.”  Señalando  además, que:  “ se encuentra afectada la salud reproductiva con aumentos de abortos espontáneos y malformaciones congénitas, problemas endocrinos como hipotiroidismo, trastornos del desarrollo neurológico o cognoscitivo y tasas de cáncer que se disparan triplicando las incidencias, prevalencias y mortalidad por enfermedades oncológicas en relación directa a la exposición de agrotóxicos.”
   Por lo tanto, frente a la imperiosa necesidad de brindar seguridad  a la población balcarceña, solicitamos una vez mas  a los Sres. Concejales de los diferentes bloques priorizar el interés general por sobre cualquier otro interés sectorial y sancionar  normas que contribuyan a resguardar nuestro derecho a la vida y a la salud.
   Balcarce, 3 de octubre de 2016. "

                                           Ana María Pérez                                                      Juan Fraiz
                                                Secretaria                                                         Coordinador

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