Procesan a dos productores paperos balcarceños por trata de personas con fines de explotación laboral.

Lo dispuso el Juez Federal de Dolores Dr. Alejo Ramos Padilla, según dan cuenta el Diario "Compromiso" de Dolores  e "Infojus Noticias".  Los hechos investigados se habrían perpetrado en el campo papero "San José", a 20 kilómetros de Gral. Belgrano.  Resultaron  víctimas 23 trabajadores. La explotación se habría consumado en los primeros días de diciembre de 2013 respecto de tres trabajadores balcarceños, y entre los días 8 y 27 de enero de 2014 respecto de otros 20 provenientes de Santiago del Estero. El predio era explotado por la firma "Proyecto Sol S.A." a partir de un contrato de arrendamiento con los titulares del establecimiento. El procesamiento sin prisión preventiva alcanza a Marcelo Eduardo Errecaborde y a Jorge Oscar Fairbairn.  El Juez los encontró -prima facie- coautores penalmente responsables del delito de "Trata de personas con fines de explotación laboral, en sus etapas de captación y acogimiento, habiendo mediado abuso de la situación de vulnerabilidad en los casos de veintitrés víctimas".

    Conforme surge de la resolución judicial, la explotación laboral había consistido en que los trabajadores realizaron cosecha manual de papa en precarias condiciones laborales, ya que debían hacerlo en jornadas de trabajo extremadamente extensas, desde las 4,30 hs. a las 21 hs., aproximadamente, de lunes sábados en algunos casos y de lunes a lunes en otros, en pleno período estival y sin la vestimenta adecuada para ello.  Que además se había determinado que el lugar donde se alojaban no tenía las mínimas condiciones de higiene, carecían de agua potable, pernoctaban en ómnibus de pasajeros adaptados con camas cuchetas, que además estaban superpobladas por el espacio disponible. No tenían instalaciones sanitarias, no había inodoro ni duchas, se había improvisado una suerte de excusado con paredes de nylon y sin techo, no tenían botiquín de primeros auxilios, ni matafuegos. Había un improvisado comedor con cocina, mesa de madera, conservadora y freezer, funcionando estos sólo si el grupo electrógeno estaba operativo.
   En cuanto al salario se precisó que lo percibían exclusivamente en razón de su producción, por lo que no se les abonaba las jornadas sin producción aunque lo fueran por razones ajenas a los trabajadores, por ejemplo por motivos climáticos. La paga se hacía efectiva recién al finalizar la cosecha, descontándose de la misma gastos de manutención, siendo provista por un único comerciante, que vendía la mercadería a un precio más elevado que en el mercado general.
   El juez precisó que los dos procesados "tenían dominio pleno sobre el lugar en el que eran explotados y residía los trabajadores victimas para llevar adelante la finalidad de explotación laboral; y fueron quienes impusieron las precarias condiciones laborales y habitacionales".  Señaló además que la relación laboral entre los trabajadores y los imputados "se encontraba plagada de irregularidades, que las ubicaban bajo lo que se denomina mercado negro de trabajo".
   Los trabajadores dependían de los empleadores para volver al campamento, que se encontraba distante a varios kilómetros, ya que se encargaban de su traslado.
   El Juez Ramos Padilla dictó en marzo de 2014 un embargo de $ 1.200.000 a la firma "Proyecto Sol S.A.", con el fin de garantizar las remuneraciones y eventuales indemnizaciones que deberían percibir las presuntas víctimas, ya que para estos y su núcleo familiar constituye el único sustento.
   La causa se inició en enero de 2014, tras la denuncia realizada luego de una inspección efectuada al mencionado campo por inspectores de AFIP. En la denuncia se precisó que se había constatado que los obreros se encontraban en una suerte de explotación, reducidos a condiciones inhumanas de trabajo, en las que su autonomía de voluntad se veía claramente afectada.
    Investigan a demás, si los productos se venían a Mc Cain Argentina S.A.
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