El 28 de diciembre se realizará LA XXXII edición de la fiesta del deporte

La Subsecretaría de Deporte y Recreación anuncia que el viernes 28 de diciembre, desde las 21.30, se llevará a cabo la trigésima segunda edición de la Fiesta del Deporte, donde se entregarán los premios “Fangio” a los mejores deportistas de cada disciplina. El encuentro se desarrollará en el hall central del Museo del Automovilismo “Juan Manuel Fangio”.
Tarea consensuada
Desde hace varios meses la Comisión Electora viene trabajando en la confección de cada una de las ternas, para que la realización vuelva a brillar como en las anteriores ediciones.
Un dato para resaltar es que el presente reglamento fue diagramado juntamente con referentes de distintas disciplinas, deportistas y personas allegadas a los distintos deportes que se practican en la ciudad.
Del mismo modo, se hace oportuna la ocasión para detallar la normativa oficial de la Fiesta:
Art. 1: Se tomará como período a evaluar el comprendido entre los meses enero a diciembre de cada año calendario en que se realice la Fiesta.
Art. 2: Serán ternados únicamente los deportistas que durante el año hayan cumplido con una actuación relevante en el deporte de su especialidad.

Art. 3: Las ternas deberán estar integradas por un máximo de tres deportistas. En caso que la disciplina no permita la conformación de una terna por no reunir el número de tres deportistas, y los resultados obtenidos ameriten su inclusión, se podrá conformar excepcionalmente una terna integrada por solo dos deportistas, o efectuar una nominación especial a un solo deportista. En este caso, se podrá otorgar directamente el Premio Fangio de Plata al haber logrado actuaciones relevantes en su disciplina deportiva.
Art. 4: En los deportes individuales se tomarán en cuenta los mejores resultados deportivos obtenidos, priorizándose al deportista Federado que haya competido en la categoría de mayor nivel o máximo exigencia deportiva. En caso que los deportistas de máxima categoría no hubieren logrado resultados relevantes, podrán ser considerados los deportistas de categorías menores que hayan obtenido mejores resultados deportivos. 
Art. 5: En los deportes colectivos, se consideran las cualidades que distinguen a un deportista por sobre los demás en base a su habilidad, destreza, talento, conducta y resultados deportivos obtenidos por sobre sus rivales o compañeros de equipo. En caso de rendimientos iguales o similares prevalecerá el deportista Federado que compita en la máxima categoría o en el nivel de mayor exigencia deportiva. 
Art. 6: Además de los resultados obtenidos, será tenida en cuenta para la elección la buena conducta deportiva, considerándose como atenuantes las eventuales sanciones que pudiera haber recibido durante el año. 
Art. 7: Para el Premio al Mejor Evento Deportivo del año, se nominarán los eventos que sean considerados como los más destacados que se hayan organizado durante el año transcurrido, y entre ellos surgirá el ganador de acuerdo a la convocatoria, participación y relevancia obtenida a través de dicho EVENTO DEPORTIVO.
Art. 8: Para el Premio REVELACION DEPORTIVA, se nominarán a los deportistas que se hayan destacado en las diferentes disciplinas deportivas. Entre ellos se premiará a quien haya logrado los mejores resultados deportivos en el año transcurrido.
Art. 9: PREMIO “FANGIO DE ORO”, para la elección de este Premio se considerará por igual a todos los ganadores de FANGIO DE PLATA en las diferentes disciplinas deportivas, prevaleciendo el deportista que haya obtenido los mayores logros deportivos. En caso de rendimientos iguales o similares prevalecerá el deportista que haya competido en mayor nivel de exigencia deportiva.
Art. 10: La Comisión Organizadora de la Fiesta del Deporte se reserva el derecho de fijar cada año la cantidad de disciplinas deportivas que serán ternadas, agregando o suprimiendo disciplinas deportivas según las competencias desarrolladas durante la temporada.
Art. 11: Las determinaciones que adopte la Comisión Electora creada para tal fin, serán de carácter irrevocables e inapelables, considerándose la aplicación de sanciones como la exclusión de las futuras ediciones de la Fiesta del Deporte a los deportistas que manifiesten su disconformidad durante el desarrollo de la Fiesta. 

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