Derecho a los espectáculos públicos

La Dirección de Recursos da a conocer los requisitos para efectuar el sellado de entradas, en atención a que deberán contener el timbrado habilitante de la Municipalidad, a efectos del pertinente control.
Toda impresión deberá constar de tres cuerpos, como mínimo: uno para el espectador, otro para el contralor municipal y el restante para el organizador.
Asimismo, tendrá que figurar, sin excepción, numeración correlativa; acción a realizar (baile – doma – picadas, etc.); organizador;  lugar, hora y fecha;  de ser entidad, sello de la misma y costo.
 La presentación de los talonarios para su sellado deberá efectuarse 72 horas antes del espectáculo y la rendición de localidades vendidas y no vendidas 72 horas posteriores.  
 Las entradas solamente podrán llevar el escudo de Balcarce si el Municipio es el organizador de la actividad.

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